El envío de correos electrónicos con “virus” o archivos nocivos para la base de datos o computadoras ajenas puede ser castigado con una pena privativa de la libertad de tres años, advirtió hoy el abogado Luis Lamas Puccio, quien precisó que ello sí implica cárcel efectiva.
Al comentar informaciones referidas al envío de virus por e-mail con el emblema clonado de la Policía Nacional del Perú (PNP), el penalista explicó que la referida sanción rige desde 2000, a través de la Ley 27309, que incorporó los delitos informáticos al Código Penal.
La misma pena es aplicable cuando se ingresa de forma indebida a una base de datos ajena para alterar su esquema o características, según el artículo 207 del Código Penal, detalló a la agencia Andina.
“Una cosa es ingresar a una base de datos y otra es ingresar para destruir. En este caso, la pena también es de tres años. Incluso puede haber cárcel efectiva porque ahora ésta se aplica a partir de un año, según el Código Procesal Penal”, indicó Lamas Puccio.
Agregó que en dicho artículo también se hace referencia a una modalidad agravada para estos delitos, la cual merece una sanción de hasta siete años de cárcel, siempre que se ponga en peligro la seguridad nacional.
“El terrorismo informático es una denominación coloquial. En el caso del uso del emblema de la Policía Nacional, al ser ésta una entidad importante en materia de seguridad interna, se podría afectar esa función modificándose su página o contenidos virtuales”, apuntó el letrado.
Según el especialista en derecho penal, en este caso debe intervenir la División de Delitos de Alta Tecnología de la PNP para realizar las investigaciones respectivas y dar con los autores del delito, para así ponerlos a disposición del Ministerio Público, tras la denuncia del caso.
via: Andina































